Un programa integral en un hospital universitario del sistema público.

El encargo que mejor describe cómo trabajamos: un hospital universitario de la red pública nos confió el diseño e implantación de su programa de compliance jurídico, en las cuatro fases del método. Lo contamos sin nombres — la reserva es contractual y es, además, nuestra política con todos los clientes.

Piezas sueltas, exposición entera.

Como la mayoría de los centros públicos, el hospital disponía de piezas de cumplimiento reales pero dispersas — seguridad de la información, protección de datos, instrucciones internas — sin un sistema que las integrara, las priorizara y las hiciera demostrables.

Y en el sector público esa carencia no la paga la institución: la pagan las personas. La Administración no responde penalmente (art. 31 quinquies CP); responden quienes firman, deciden y gestionan.

A ello se suman un canal interno de información obligatorio sin umbral de plantilla (Ley 2/2023), el Esquema Nacional de Seguridad, una contratación fiscalizada donde el contrato menor es foco permanente, y el dato de salud como categoría especial.

El encargo: convertir esas piezas en un sistema — con gobernanza, protocolos y evidencias.

La fase de diseño, en cifras reales.

La fase de diseño produjo sus cuatro entregables dentro del calendario contractual. El programa continúa conforme a su plan: implantación acompañada, formación por colectivos profesionales y evaluación inicial a lo largo del primer año.

3capas normativas: transversal, asistencial y departamental 104conjuntos normativos catalogados para un centro tipo 31procesos jurídicamente sensibles tipificados y valorados 4fases, cada una cerrada con entregables listos para aprobación

Cuatro páginas del encargo.

Del diagnóstico y del mapa de riesgos de este hospital, en su edición de entrega. Se enseña el producto, no el cliente.

Páginas de un encargo real, en su edición de entrega. El nombre del centro va tachado por reserva contractual; el resto es el documento tal cual.

Qué puede esperar un centro comparable.

Por qué no decimos qué hospital es

No publicamos referencias de clientes: ni el nombre del centro, ni datos que permitan reconocerlo. La reserva es una obligación contractual con este cliente y una política de la firma con todos — los hallazgos de un análisis de cumplimiento solo pertenecen a la dirección del centro analizado. Quien contrata compliance está contratando, también, la discreción de quien lo hace. La nuestra empieza aquí.

Su centro puede ser el siguiente encargo que no contemos.

Una primera conversación, sin compromiso, para entender la situación de su organización y valorar si podemos ayudar.

Sede
Madrid, España